Recomendaciones en relación con prestadores de servicios especializados

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Con motivo de las reformas realizadas en materia laboral por virtud de las cuales se prohíbe la subcontratación de personal (con la única excepción de aquellos proveedores de servicios especializados), resulta de suma importancia que aquellas empresas que se beneficien de cualquier servicio especializado, realicen una serie de acciones a efecto de evitar encontrarse en incumplimiento con la nueva regulación. Al respecto, recomendamos a dichas empresas llevar a cabo las siguientes acciones:

  1. Preparar listas detalladas de sus proveedores para identificar a aquellos que deban estar registrados en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
  2. Revisar detalladamente los términos y condiciones de los contratos y/u órdenes de compra celebrados con dichos proveedores.
  3. Notificar a los proveedores de las implicaciones de la reforma comentada, solicitando el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en la misma, incluyendo, sin limitar, su registro en el REPSE, y solicitando documentación específica para verificar dicho cumplimiento.
  4. Dependiendo de la revisión a los contratos u órdenes de compra correspondientes, determinar si debe llevarse a cabo cualquier modificación a los mismos, o terminarlos y celebrar nuevos contratos u órdenes de compra.
  5. La creación de un procedimiento interno detallado que incluya los pasos que deban seguirse para verificar de manera continua el cumplimiento de cada uno de los proveedores a sus obligaciones en materia de subcontratación.

En CCN hemos seguido de cerca el proceso de reforma y revisado a detalle los requisitos establecidos en la misma. Hemos asesorado a diversos clientes en relación con las importantes modificaciones a las leyes y estamos a sus órdenes para revisar las circunstancias específicas de su empresa.

CCN México Report™

EDICIÓN Nº 154

JULIO-AGOSTO DE 2021

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