El 17 de febrero de 2025, la Secretaría de Economía (“SE”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las marcas de certificación “HECHO EN MÉXICO” y “MADE IN MEXICO” y se expiden sus reglas de uso (“Acuerdo”).
Como parte de la estrategia del gobierno federal para lograr un desarrollo económico equitativo y sustentable, se hace un relanzamiento de la marca de certificación “Hecho en México” y su traducción al inglés, “Made in Mexico”, la cual tiene como objetivo que los productos que cuenten con autorización de la SE destaquen en el mercado y se posicionen a nivel nacional e internacional.
La autorización de uso de las marcas de certificación (“Autorización”) se otorgará a través de la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia de la SE (“Unidad”), quien tiene la facultad de recibir, analizar y resolver las solicitudes de Autorización.
Como parte del Acuerdo, se expiden a su vez las Reglas de Uso de las Marcas de Certificación “Hecho en México” y “Made in Mexico”, destacando lo siguiente:
Los signos distintivos y denominaciones de las marcas de certificación son los siguientes:

*Nota: Imágenes disponibles y tomadas de la publicación en el DOF.
Sólo podrán ser autorizadas para usar las marcas de certificación aquellas personas físicas o morales que cumplan con los requisitos de forma y fondo que se establecen en el Acuerdo. Para cumplir con los requisitos de fondo, los productos deben:
I. Ser fabricados, manufacturados o ensamblados con insumos de origen nacional en su totalidad y/o que su manufactura se desarrolle en México, y
II. Ser resultado de procesos de manufactura o fabricación, en los que se implementan acciones afirmativas respecto del cumplimiento con uno o más de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible.
La solicitud de Autorización debe presentarse ante la Unidad a través de correo electrónico, y una vez otorgada tendrá vigencia de 5 años, renovables por su titular.
Los usuarios de las marcas de certificación deberán usar las marcas en apego y cumplimiento del Manual de Identidad Gráfica que se les proporcione con la Autorización (“Manual”), así como participar en las actividades de difusión que lleve a cabo la SE.
El Acuerdo prohíbe que las marcas tengan una dimensión igual o mayor a la marca de los productos, o que estén dispuestas en un lugar predominante. También establece que la certificación traducida al inglés, “Made in Mexico”, únicamente podrá utilizarse en productos para exportación.
La SE está facultada para cancelar la Autorización al término de su vigencia o cuando no se cumpla con el Manual o las reglas establecidas en el Acuerdo. Es ilegal el uso de las marcas de certificación por personas no autorizadas.
En un plazo de 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, se deberá instalar un Consejo Honorario Promotor “Hecho en México”, integrado por representantes de los sectores empresariales, industriales y creativos mexicanos, que funja como órgano consultivo.
Con la entrada en vigor de este nuevo Acuerdo, ha quedado sin efectos la versión anterior del mismo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de noviembre de 2018, así como todas las licencias, convenios, contratos, aprobaciones, autorizaciones y demás disposiciones que hayan sido expedidas durante su vigencia.
CCN está listo para brindar asesoría y ofrecer apoyo integral en la obtención y uso de la autorización para las marcas de certificación “Hecho en México” y “Made in Mexico”.