El pasado 26 de enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/065/2023 por el que la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) expide las Disposiciones Administrativas de Carácter General en Materia de Aportaciones (“DACGMA”), las cuales entrarán en vigor 365 después de su publicación. Los anteproyectos de esta nueva regulación tan esperada ya venían discutiéndose en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“CONAMER”) desde los años 2018 y 2022. Finalmente, la CRE ha establecido -entre otras cosas- un procedimiento regulado para que la capacidad de transformación de voltaje (“kVA”) expresada como derechos de la demanda eléctrica, pueda ser cedida con agilidad y certidumbre entre usuarios finales. Las DACGMA contienen además (i) la metodología de cálculo de las aportaciones, (ii) los criterios y bases para determinar y actualizar el monto de las aportaciones, y (iii) los modelos de convenios correspondientes.
Para los efectos de este artículo, el concepto de “aportaciones” se refiere a la participación que debe tener el solicitante titular de un centro de carga para entregar o ceder recursos a la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”) para estar en aptitud de recibir el suministro eléctrico. Esos recursos actualmente pueden ser en efectivo o en especie, o en una combinación de ambos. CFE utiliza esas aportaciones para realizar obras específicas, ampliaciones o modificaciones de infraestructura con el fin de prestar el servicio de suministro eléctrico en las condiciones que requiera el usuario final en aspectos como demanda y tensión.
Esta nueva regulación es muy importante dadas las condiciones actuales del mercado eléctrico, en donde hay restricciones para la oferta de nueva generación y a la vez una demanda creciente de electricidad que exige certidumbre jurídica en materia de aportaciones. Es bien sabida la necesidad de nueva infraestructura eléctrica que permita satisfacer la demanda en el contexto de un fenómeno económico como el nearshoring. Según su reporte financiero entregado a la Bolsa Mexicana de Valores, la CFE incrementó en 10.9% sus ventas de energía eléctrica en el año 2023; en el sector industrial, la dinámica registrada responde en parte al nearshoring.
Como ejemplos de la trascendencia de esta nueva regulación, entre los principales cambios de las DACGMA destacan (i) el principio de aplicación de las aportaciones; (ii) el papel del CENACE en el cálculo y determinación de las aportaciones; (iii) la metodología para determinar un “Valor Presente Neto” (del cobro esperado por tarifa) para la determinación del cargo por ampliación en media tensión, y (iv) la construcción de obras por parte del solicitante, entre otros aspectos. En el tema del desarrollo de obras para aportaciones, las nuevas DACGMA definen etapas de la construcción de infraestructura de interconexión para centrales eléctricas y conexión para centros de carga.
Para dimensionar la importancia de las DACGMA, el Mtro. Héctor Beltrán Mora se ha referido al Informe de Aportaciones de CFE Distribución a fin de destacar que, tan solo en el periodo entre 2015 y 2020, recibió 1.1 millones de solicitudes de servicio en media tensión para la conexión de centros de carga e interconexión de centrales eléctricas. De este universo, el 64% requirieron realizar una aportación para que pudieran ser conectados o interconectados a las redes. Lo anterior permite concluir que, en 2 de cada 3 solicitudes de servicio, el usuario final debe aportar efectivo, equipos u obra construida.
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