México adopta cambios en la información que debe presentarse al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

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El 4 de septiembre de 2020, México publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Decreto que obliga a utilizar nuevos formularios para las solicitudes y avisos que se presenten en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (“RNIE”).

Los nuevos formularios obligan a incluir información más detallada en los informes económicos trimestrales y anuales del RNIE. Los cambios más significativos son los siguientes: Cambios importantes en el Formulario de Informe Económico Trimestral:

– Ahora se deben proporcionar copias de los estados financieros, así como de las listas de deudores y acreedores.

– Un nuevo formulario denominado “Destino geográfico de la inversión u origen de la desinversión” es ahora obligatorio.

– Un formulario de “Presencia estatal” requiere información sobre la presencia de la empresa mexicana en otros estados de la República.

– Nuevos formularios específicos requieren listados de información solicitada en los anexos de deudores y acreedores, entre otros, los cuales son obligatorios cuando las cuentas reportadas en el módulo de ingresos y gastos son por más de 20 millones de pesos.

– Todas las subsidiarias de las sociedades controladoras mexicanas domiciliadas en México no están obligadas a reportar cambios en sus cuentas de capital.

Cambios importantes en el Formulario de Reporte Económico Anual:

– El nuevo formulario agrega un espacio específico para que las empresas describan por qué no tienen empleados, así como para reportar los empleos ubicados fuera del país.

– El nuevo formulario también requiere que las empresas proporcionen los calendarios de deudores y/o acreedores, independientemente del monto de su actividad económica.

– La empresa que presente un reporte consolidado se considerará que ha cumplido con el requisito establecido en el artículo 35 de la Ley de Inversión Extranjera respecto de la renovación anual de la constancia de inscripción emitida por el RNIE, así como las empresas cuya información fue incluida en dicho reporte consolidado. Por lo tanto, las empresas cuya información fue consolidada en dicho informe no necesitan presentar individualmente el informe anual.

El Decreto también establece la forma en que se debe proporcionar la información de los estados financieros tanto para los informes trimestrales como para los informes económicos anuales. Asimismo, establece la posibilidad de presentar los informes y avisos por correo electrónico y señala que el acuse de recibo enviado por el RNIE a través del correo electrónico será prueba válida de haber presentado los formularios requeridos y que no serán necesarias las reuniones presenciales con los funcionarios del RNIE. No obstante lo anterior, la información también podrá ser presentada en forma física, o a través de la plataforma electrónica del RNIE.

CCN México Report™

EDICIÓN Nº 149

Septiembre-octubre de 2020

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