Nuevo León Establece Nuevos Impuestos Ambientales

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A partir del 1 de enero de 2022, entraron en vigor en Nuevo León los impuestos ambientales o impuestos verdes, por los cuales las empresas que tengan operaciones en Nuevo León, deben de presentar una declaración mensual de sus emisiones y/o descargas contaminantes. La legislación aplicable establece ciertos parámetros, y en caso de que sean rebasados entonces se generará la obligación de pago del impuesto.

Ahora bien, independientemente de si una empresa rebasa o no lo parámetros que establece la ley, están obligadas a presentar su declaración mensual, tal como sucede con ciertos impuestos federales o Impuesto Sobre Nómina. Por lo cual, dependiendo de la actividad que se realice, este impuesto puede requerir el registro, presentación de declaraciones, mediciones y/o estimaciones con base en las cuales, en su caso, se calcula y pagan los impuestos ambientales o impuestos verdes.

En días recientes la Secretaría de Finanzas y Tesorería del Estado de Nuevo León, ha iniciado procesos de revisión respecto de contribuyentes que se encuentran dados de alta en Registro Estatal de Contribuyentes y que han realizado declaraciones en cero respecto del Impuesto por la Emisión de Contaminantes al Agua, (el “Impuesto Ambiental Agua”).

Los procesos de verificación tienen como objeto el que los contribuyentes aclaren y justifiquen sus declaraciones, para lo cual también solicitan se proporcione la información que soporta sus declaraciones mensuales del Impuesto Ambiental por Contaminantes al Agua, tales como acreditación de laboratorios, reporte y resultado de mediciones de las descargas, permiso de descargas y bitácora de descargas.

La postura de la autoridad claramente es requerir dicha información con el propósito de validar las declaraciones de los contribuyentes, y en su caso, hacer las determinaciones de impuestos a cargo, con su respectivos recargos y multas.

Ante esta situación, resulta recomendable revisar el estado de cumplimiento y valorar posibles correcciones en forma voluntaria y anticipada.

Es previsible que en próximas semanas la autoridad realice estos mismos procesos de revisión, pero ahora por lo que hace al Impuesto de Emisión de Contaminantes a la Atmosfera y el Impuesto de Emisión de Contaminantes en el Subsuelo y Suelo. Cabe mencionar que la base para la determinación de estos impuestos lo constituyen las estimaciones realizadas por el propio contribuyente y/o los informes rendidos a las autoridades respecto de las emisiones, o las mediciones que se realicen. Por este motivo toma especial importancia revisar el cumplimiento de las mediciones y reportes realizados, así como cualquier estimación soporte de las declaraciones mensuales respectiva para efectos del impuesto.

En CCN nos ponemos a sus órdenes para revisar el estado de cumplimiento de su empresa y valorar cualquier opción legal o medio de defensa.

CCN México Report™

EDICIÓN Nº 160

NOVIEMBRE - DICIEMBRE DE 2022

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