Simplificación de Obligaciones en la Importación Temporal de Azúcar al Amparo del Programa IMMEX

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El pasado 5 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos para importar temporalmente mercancías incluidas en el Anexo II del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” (el “Acuerdo”), mismo que entrará en vigor el 8 de abril de 2024 y estará vigente hasta el 31 de agosto de 2024.

Dicho Acuerdo fue creado para fomentar las importaciones de azúcar debido a la disminución en la producción de esta, la cual ha tenido un impacto directo en las industrias de bebidas azucaradas, panadería y confitería, situación que se ve reflejada en el alza de los precios al consumidor final.

En el mencionado Acuerdo se establecen los requisitos para importar temporalmente azúcar al amparo del Programa para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (“IMMEX”), con lo cual se verán simplificadas diversas obligaciones, además de reducir el costo del cumplimiento de estas.

Los requisitos que se deberán acreditar son los siguientes: a) contar con un Programa IMMEX vigente, y b) haber realizado importaciones temporales de azúcar en los últimos 18 meses previos a la presentación de la solicitud.

Recomendamos llevar a cabo un análisis detallado sobre los efectos que pueda tener en su empresa la invalidación de dichas disposiciones.

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