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Firma electrónica y correos electrónicos, su valoración en juicio

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Desde el año 2012 el Cuarto Tribunal Colegiado en materia civil de la Ciudad de México, emitió la Tesis Aislada bajo el rubro “DOCUMENTOS Y CORREOS ELECTRÓNICOS. SU VALORACIÓN EN MATERIA MERCANTIL” la cual establece el nivel de seguridad y fiabilidad que la ley mexicana le concede a las firmas electrónicas y a los correos electrónicos aportados en juicio, y por tanto señala cual es el valor probatorio que deberá de tener cada uno. Dicha Tesis Aislada establece que la firma electrónica prevalece frente a la firma electrónica simple o digital, ya que los requisitos a través de los cuales se forma la primera dan mucha mayor seguridad que la segunda. Por lo que un correo electrónico exhibido en juicio que haya sido emitido con firma electrónica avanzada tendrá el mismo valor que un documento suscrito autógrafamente, por el contrario, si no fue emitido con ese tipo de firma tendrá que valorarse pericialmente la fiabilidad del documento, y por último si se ofrece una impresión del correo electrónico, deberá valorarse como un documento simple. Por lo anterior se considera que la utilización de firmas electrónicas avanzadas es lo más confiable en tratándose de firma de documentos electrónicos y/o digitales. Respecto de los correos electrónicos será necesario conservarlos y ofrecerlos en su versión digital hasta en tanto exista un proveedor de correo que solicite el envío de los mismos utilizando una firma electrónica avanzada.

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