México publica modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2021

Compartir

El 5 de abril de 2021, el Servicio de Administración Tributaria de México publicó la Quinta Versión Anticipada de la Primera Resolución que modifica la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 y sus anexos 1-A y 9. Los cambios, publicados en la página web del organismo, entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sin embargo, hay que tener en cuenta que algunas reglas específicas entrarán en vigor de acuerdo con los artículos transitorios del nuevo decreto. Los aspectos más relevantes se resumen a continuación:

a) A partir de ahora, los Destinos Fiscales Autorizados podrán solicitar la cancelación del permiso para recibir donaciones deducibles presentando dicha solicitud a través de su buzón tributario electrónico. Si la solicitud de cancelación, revocación, conclusión o terminación del permiso para recibir donativos deducibles, o cualquier otra solicitud similar, fue presentada antes del 1 de marzo de 2021, será necesario ratificar dicha solicitud o se considerará que se ha desistido de la misma.

b) Las personas jurídicas podrán solicitar la renovación de su certificado de firma electrónica cuando éste haya caducado, dentro del año anterior a la solicitud de renovación, siempre que se cumplan otros requisitos antes del 30 de abril de 2021.

c) Los contribuyentes obligados a proporcionar información sobre su situación fiscal (“ISSIF”) que hayan realizado operaciones con partes relacionadas en el año 2020, podrán optar por no incluir dicha información en su ISSIF al presentar su declaración anual. Esta nueva regla aplica siempre y cuando su certificado de firma electrónica esté vigente, y (i) la presentación de dicha información ocurra antes del 30 de septiembre de 2021; (ii) la información sea completa, correcta y no tenga inconsistencias, y (iii) se presente a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria.

d) Los contribuyentes individuales podrán presentar la declaración anual de impuestos correspondiente a 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

CCN México Report™

EDICIÓN Nº 152

ABRIL-MAYO DE 2021

ÁREAS DE PRÁCTICA

Escrito por

Play Video