Programa de verificación laboral voluntaria

Compartir

El 1 de noviembre de 2021, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (“STPS”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se crea el Programa de Verificación Laboral Voluntaria (el “Programa”), que entró en vigor al día siguiente de su publicación. Dicho acuerdo establece que los patrones podrán declarar a la STPS de manera voluntaria el nivel de cumplimiento respecto de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento Seguridad y Salud, entre otros aspectos, en sus respectivos centros de trabajo.

En relación con el Programa, el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones vigente, prevé en sus artículos 2, fracción VI, 46 y 47 lo referente a los Mecanismos Alternos a la Inspección (“MAI”) mediante organismos debidamente acreditados. Los MAI son esquemas alternativos que permiten, de manera sencilla, transparente, amigable y gratuita, dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por la STPS. Para la implementación de los MAI, se podrán utilizar tecnologías de la información, las cuales se harán del conocimiento de los patrones y trabajadores en el DOF. Los patrones que se inscriban a los MAI, estarán exceptuados de las visitas de inspección ordinarias, sin que esto implique renuncia alguna a la facultad de vigilar de la STPS.

Todos los patrones en México se pueden incorporar a los MAI respecto de las materias de Seguridad y Salud en el Trabajo, y Capacitación y Adiestramiento de sus trabajadores. Sin embargo, los patrones de jurisdicción federal solo podrán incorporarse respecto de sus Condiciones Generales de Trabajo si se encuentran en los supuestos establecidos en los artículos 123, apartado A, fracción XXXI, incisos a) y b), de la Constitución y 527, fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo. Para los patrones que no sean de jurisdicción federal, la STPS podrá suscribir convenios de colaboración con los Estados, a efecto de que se otorguen los beneficios del Programa respecto de las Condiciones Generales de Trabajo.

Para todos los casos, el simple acuse que genere la STPS podrá exceptuar a los patrones de las inspecciones ordinarias de las materias anteriormente mencionadas, así como de otras materias y obligaciones reguladas por la legislación laboral, según establezcan los lineamientos que para tal efecto serán publicados en el portal institucional de la STPS.

Entre las principales ventajas del Programa se encuentra la detención de las inspecciones ordinarias, al brindar la oportunidad de que los patrones demuestren el cumplimiento a sus obligaciones conforme a los lineamientos de la STPS.

CCN México Report™

EDICIÓN Nº 156

DICIEMBRE 2021-ENERO 2022

ÁREAS DE PRÁCTICA

Escrito por

Play Video