Decreto que Establece el Cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México para Operaciones de Transporte Aéreo de Carga

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El 2 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto (el “Decreto”) por virtud del cual se ordena el cierre de las operaciones de carga de transporte aéreo nacional e internacional, tanto regular como no regular, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (“AICM”).

Lo anterior tiene como antecedente el decreto publicado el pasado 3 de marzo de 2022, por virtud del cual se declaró la saturación de los edificios terminales 1 y 2 del AICM.

El Decreto otorga un plazo de 108 días hábiles para que los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga reubiquen sus operaciones fuera del AICM, es decir, el 5 de julio de 2023.

Es importante señalar que quedan exceptuados de dicho cierre los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.

Cabe mencionar que aun cuando el Decreto no lo indica expresamente, lo que se busca es trasladar las operaciones de carga aérea al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (“AIFA”), ubicado en el municipio de Zumpango de Ocampo, en el Estado de México. No obstante, al no existir una instrucción expresa, los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga pueden elegir continuar con sus operaciones en cualquier aeropuerto que se ajuste a sus necesidades.

Es así mismo importante considerar que tanto la Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo como la Asociación de Transporte Aéreo Internacional se han manifestado en el sentido de que esta situación podría generar una disrupción en la economía nacional y afectar a las cadenas de suministro, ya que el AIFA aún no cuenta con los requerimientos técnicos necesarios para recibir las operaciones de carga del AICM, pudiendo causar una afectación en la participación de nuestro país en el comercio internacional.

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EDICIÓN Nº 161

ENERO - FEBRERO 2023

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